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Los despedidos de Chávez 4/5: Veintitrés años después

Los despedidos de PDVSA en 2003 se dispersaron por oficios y países. Un informe de UNAPETROL describe cómo intentan reencontrarse y deja abierta una pregunta: quién puede hablar en nombre de ellos.

Por Asuri Montes de Oca

Según los promotores de la reorganización, la junta directiva de UNAPETROL fue designada en 2002 para un período de dos años y no tiene una renovación electoral posterior documentada. De sus doce integrantes originales, afirma el informe, permanecen cinco activos.

El dato figura en «Nuestra gestión por nuestra causa», un documento de octubre de 2026 con el que un grupo de trabajadores impulsa la reorganización de la Unión Nacional de Trabajadores Petroleros, Petroquímicos, de los Hidrocarburos y sus Derivados. El informe presenta un censo reciente y, al mismo tiempo, plantea la necesidad de renovar sus órganos de dirección.

El censo tiene corte al 26 de octubre de 2026 y reporta 5.882 personas censadas, frente a 7.168 integrantes de sus grupos de WhatsApp: el 82,1 %. Los promotores aclaran que el proceso sigue abierto y que esas cifras no constituyen un universo definitivo. Estar censado tampoco equivale a tener una deuda reconocida. El informe no ofrece una relación de acreencias comprobadas ni un monto global.

Las cifras históricas de los despidos también difieren según su alcance. PDVSA reconoció en sus estados financieros correspondientes a 2004 aproximadamente 18.000 trabajadores despedidos. UNAPETROL habla actualmente de más de 23.000 trabajadores de la empresa y organizaciones vinculadas. En una documentación sindical presentada ante la OIT en 2005, se mencionaban 18.756 trabajadores de PDVSA y más de 23.000 al incorporar las filiales. Son mediciones que no deben confundirse.

Salir de PDVSA tampoco significó tener las puertas abiertas para regresar a la industria. En Una década de Chávez, publicado en 2008, Human Rights Watch documentó restricciones a la contratación de antiguos empleados petroleros.

La organización examinó comunicaciones dirigidas a subsidiarias y contratistas, incluida una de mayo de 2005 relacionada con compañías que operaban en el Cinturón del Orinoco. En ellas se establecían criterios de exclusión asociados con la conducta de los trabajadores durante el paro. Human Rights Watch denunció la utilización de listas negras, apoyándose en documentos, testimonios e informaciones periodísticas.

El informe de UNAPETROL describe consecuencias que se extendieron mucho más allá de la pérdida del empleo: disminución de ingresos, cambios de oficio, emigración y fallecimientos de compañeros sin obtener las reparaciones reclamadas.

Son afirmaciones de los autores sobre una experiencia colectiva. El documento no presenta un estudio individual que permita establecer cuántos trabajadores atravesaron cada una de esas situaciones.

Según el informe, el reencuentro comenzó en 2025 y se consolidó durante 2026. Los participantes localizaron antiguos compañeros, recuperaron contactos y organizaron grupos de comunicación dentro y fuera del país.

WhatsApp facilitó la convocatoria, pero reunir personas en una plataforma de mensajería no resolvía los problemas de representación sindical ni la toma de decisiones colectivas.

El grupo promotor se acercó entonces a integrantes de la Junta Directiva Central de UNAPETROL, organización surgida en 2002 cuya trayectoria incluye el caso número 2249 examinado por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo.

Los promotores afirman haber establecido contactos en 33 países y contar con aproximadamente 160 colaboradores voluntarios: 142 promotores y validadores y 18 integrantes de equipos legales, electorales y estatutarios.

Su estructura contempla cuatro ámbitos territoriales en Venezuela —Falcón, Occidente, Central y Oriente— y seis agrupaciones internacionales: Canadá, Estados Unidos, Centroamérica, Suramérica, Europa-África y Asia-Oceanía.

Son cifras reportadas por la propia organización, que reflejan el alcance declarado de su convocatoria, no un padrón sindical certificado por una autoridad independiente.

El problema institucional aparece cuando se examina la continuidad de la dirección.

El informe señala que Horacio Medina, presidente de UNAPETROL, se encuentra apartado de la conducción habitual desde 2020. También sostiene que no dispone de documentación sobre una renovación electoral posterior a la designación de la junta de 2002.

Estas afirmaciones requieren contrastarse con las actas, los estatutos y la versión de las personas involucradas. Por sí solas no demuestran que una autoridad haya perdido legitimidad jurídica ni que otra instancia esté facultada para reemplazarla.

Existe, además, un antecedente reciente. El 19 de octubre de 2026, El Nacional informó que la asociación Gente del Petróleo había expresado su respaldo a la junta directiva de UNAPETROL mediante un comunicado del 8 de octubre, dirigido a preservar la institucionalidad y la estabilidad de la representación sindical.

La información publicada no permite establecer si ese pronunciamiento fue una respuesta directa al proceso de reorganización descrito en el informe.

El documento de los promotores propone actualizar los estatutos, organizar elecciones, reconstruir las seccionales y regularizar la situación institucional del sindicato ante las autoridades competentes.

Este último asunto tiene antecedentes. En su informe sobre derechos humanos correspondiente a 2013, el Departamento de Estado de Estados Unidos señaló que el Ministerio del Trabajo venezolano continuaba negando el registro de UNAPETROL.

Una organización que aspira a representar a miles de personas necesita establecer quiénes tienen derecho a participar, cómo se verificará su condición de afiliados, cuáles son las reglas electorales aplicables y quién está facultado para actuar en nombre del sindicato.

El informe también contempla la preservación de antecedentes y derechos de trabajadores fallecidos, así como la participación de familiares y causahabientes en los procedimientos que correspondan.

La razón principal de este esfuerzo continúa siendo el reclamo laboral.

UNAPETROL sostiene que numerosos despedidos no recibieron prestaciones sociales, indemnizaciones y otros beneficios. Aspira también a impulsar reclamaciones relacionadas con los daños que atribuye a los acontecimientos de 2002-2003.

El documento no demuestra que esas obligaciones hayan sido reconocidas individualmente ni establece un procedimiento único que permita resolverlas.

Después de veintitrés años, los antiguos trabajadores intentan recuperar una estructura colectiva para defender sus reclamaciones. El censo muestra la magnitud de la convocatoria declarada; la situación de la directiva plantea una cuestión todavía sin resolver.

Si los despedidos consiguen reconstruir su representación sindical, ¿quién estará legalmente facultado para reclamar en su nombre y qué derechos podrán exigir después de tanto tiempo?

Próxima entrega | Los despedidos de Chávez 5/5: La cuenta que nadie ha cerrado. Las obligaciones laborales reclamadas, su posible exigibilidad y las responsabilidades jurídicas pendientes.

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